Resolución Nº 92

EmisorDepartamento General de Irrigacion
Fecha de la disposición10 de Febrero de 2014

RESOLUCIÓN Nº 92

Mendoza, 10 de febrero de 2014

Visto: El Expediente N° 242.758 - E8 - Caratulado: "Secretaría de Gestión Hídrica s/ Convenio de Control Integral de Efluentes D.G.I. - YPF - REPSOL"; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 350/353, mediante Nota Nº 20282/24, el Ing. Félix Neme, Director del Complejo Industrial Luján de Cuyo, perteneciente a YPF S.A., solicita se resuelva el otorgamiento de Permiso de Vertido a favor del mencionado Complejo.

Que a fs. 389, la Dirección Control de Calidad del Agua -

Departamento Control de Hidrocarburos y Minería emite opinión técnica favorable en relación al pedido efectuado por la empresa YPF S.A., basando dicho criterio en la revisión de los antecedentes obrantes en los expedientes de referencia y en la calidad del efluente a la salida de la EDAR (Estación Depuradora de Aguas Residuales), en función de que la misma satisface los límites máximos permitidos para efluentes industriales con tratamiento secundario y vuelco a curso de agua superficial, cumplimentándose de ese modo el proceso requerido en la Resolución Nº 778/96 del H.T.A., contando con el visto del Secretario de Gestión Hídrica a fs. 389 vta.

Que a fs. 390, la Dirección de Asuntos Legales emite dictamen estableciendo que no existe objeción que formular al otorgamiento del Permiso de Vertido destinado al Complejo Industrial Luján de Cuyo perteneciente a YPF S.A, previa constatación de la inexistencia de deudas por parte del mencionado establecimiento (Art. 19 - Resol. Nº 778/96 del H.T.A.).

Que a fs. 392, la Dirección de Recaudación y Financiamiento presenta informe, el cual es ratificado a fs. 395, indicando que los derechos de agua superficial y agua subterránea reconocidos por parte de YPF S.A. se encuentran al día (30/11/2013) y que dicha empresa se halla regularizando las deudas que registraba en los canon de R.U.E. (Aguas Petroleras) y en concepto de multas por contaminación (fs. 395).

Que a fs. 393, la Dirección Control de Calidad del Agua se expide nuevamente expresando que la firma cumple con los requisitos establecidos en los Arts. 20, 21 y 22 de la Resolución Nº 778/96 del H.T.A.

Por ello, y en uso de sus facultades;

EL SUPERINTENDENTE GENERAL DE IRRIGACIÓN

RESUELVE:

  1. ) Otórguese

    Permiso de Vertido de carácter precario, esencialmente revocable y sin perjuicio de terceros a favor del Complejo Industrial Luján de Cuyo, perteneciente a YPF S.A., ubicado en Ruta Provincial Nº 84 - km 11 - Distrito Industrial - Departamento Luján de Cuyo...

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