Resolución Nº 2068/2013

Fecha de disposición20 Diciembre 2013
Fecha de publicación04 Febrero 2014
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32820



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 2068/2013Registro Nº 38/2014

Bs. As., 20/12/2013

VISTO el Expediente Nº 295.140/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente Nº 295.140/13 y a fojas 2 del Expediente Nº 296.026/13 agregado a fojas 16 del Expediente Nº 295.140/13 obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (A.P.J.A.E.) seccional Mendoza y la empresa HIDROELECTRICA DIAMANTE SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a fojas 1 del Expediente Nº 1.576.292/13 agregado a fojas 29 del Expediente Nº 295.140/13 por la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (A.P.J.A.E.), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores establecen condiciones salariales para todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 795/06 “E”, conforme los términos y condiciones allí establecidos.

Que asimismo establecen incorporar a partir del 1° de Agosto de 2012, en el Capítulo IV - “Funciones/Remuneraciones” del precitado convenio, el Artículo 24 bis. “Asignación Anual Complementaria por Turismo”, conforme a lo estipulado en la cláusula Primera del presente acuerdo.

Que en relación con la cláusula precitada, corresponde destacar que la homologación que por la presente se dispone, lo es sin perjuicio de las normas de orden público laboral que establecen el pago de indemnizaciones por cualquier concepto.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo de marras, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas insertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de...

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