Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Diciembre de 2013, G. 705. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha17 Diciembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G.

705.

XLIX.

RECURSO DE HECHO

G.;vezH.. o G.;vezF.H..

S.. de Hecho sI concurso preventivo (hoy quiebra) incidente de determinación del valor actual de bienes ley.24.283 promovido por Banco Italia y Rio de la Plata S.A. en liquidación.

Buenos Aires, vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por el Banco de Italia y Río de la Plata S .A.

-en liquidación por el Banco Central de la República Argentinaen la causa G.H.. o G.F.H..

Soco de Hecho s/ concurso preventivo (hoy quiebra) incidente de determinación del valor actual de bienes ley 24283 promovido por Banco Italia y Río.de la Plat~ S.A.

~n liquidación", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con el requisito exigido en el arto 7°, inc. c, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se la desestima.

H. saber al juez de la quiebra que deberá retener los fondos correspondientes al dep6si to previsto por el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y transferirlos en la oportunidad que corresponda a la orden del Tribunal.

N. y, oportunamente, archívese.

RICARDO LUIS LORENZETII ENRIQUE S. PETRACCHI

Recurso de queja interpuesto por el Banco de Italia y Río de La Plata S.A.

-en liquidación por el Banco Central de la República Argentina-, representado por el Dr. J.P.R.. Tribunal de origen:

Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán. Tribunales intervinientes:

Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Común, S.I., de San Miguel de Tucumán y el Juzgado Civil y Comercial Común de la IV Nominación, distrito Capital de San Miguel de Tucumán.

D.O.

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