Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Diciembre de 2013, M. 209. XLIX

Sentido del falloDECLARA DESIERTO - RECURSO ORDINARIO DE APELACION
Fecha10 Diciembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

. ' M.

209.

XLIX.

RECURSO DE HECHO

Municipalidad de la Ciudad de Corrientes el Estado de la Provincia de Corrientes sI conflicto de poderes.

Buenos Aires, A (() &.Q. dLciew.h re &.R- -2.. 01..3. vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Municipalidad de la Ciudad de Corrientes cl Estado de la Provincia de Corrientes si conflicto de poderes", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la quej a.

Decláranse perdidos los depósltos de fs. 60 y 61. N. y, oportunamente, archíve- E. R.;ZAFFARONi

r-

M. 209. XLIX.

RECURSO DE HECHO Municipalidad de la Ciudad de Corrientes el Estado de la Provincia de Corrientes si conflicto de poderes.

DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚLZ. Considerando:

Que a juicio del Tribunal y con arreglo a lo dispuesto en el arto 33, inc. a, ap.

5 de la ley 24.946, corresponde solici tar las actuaciones principales y posteriormente dar intervención a la señora Procuradora General de la Nación a fin de que dictamine sobre la cuestión que, como de naturaleza federal, E. RAUL ZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada por los Ores. M.T.C. y H.A.S.- tri. Tribunal de origen:

Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrien- tes.

D.O.

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