Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Noviembre de 2013, C. 372. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha05 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 372. XLIX.

RECURSO DE HECHO Club Mar' del Plata" S.A. (TF 27.100 - 1) el DGI si queja. Buenos Aires, S ei.t¿ Mvi ew.-k-e. ~ ~013. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la AFIP - DGI en la causa Club Mar del Plata S.A.

(TF 27.100 - 1) c/ DGI s/ queja", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación parcial origina esta queja, es inadmisible (articulo 280 del Código Procesal civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

Intimase al apelante para que en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación -según el monto establecido en la acordada 2/07-, de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91.

N., tómese nota por Mesa de Entradas y, oportunamente, archívese.

ENRIQI:JE S PE'rRAGCHI E. RAUL ZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por el Fisco Nacional (AFIP - DGI), representado por el Dr. H.A.S., con el patrocinio letrado de la Dra. A.C.G.. Tribunal de origen:

Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Conten- cioso Administrativo Federal. Tribunal que intervino con anterioridad:

Tribunal Fiscal de la Naoión. -2- L

D.O.

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