Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Noviembre de 2013, A. 809. XLVII

Fecha05 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

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  1. 809. XLVII. -

RECURSO DE HECHO

A.L.A., Y otros el Gobiernó de la Ciudad de Buenos Aires si recurso de inconstitucionalidad. Buenos Aires, Autos. Y Vistos; Considerando:

Que frente a recursos de quej a promovidos,' en cuestiones sustancialmente anAlogas,' por la Asesora General Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, esta Corte ha resuelto que la recurrente se encuentra obligada a cumplir con .el depósito previsto en el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (ccinf. causas S.167.XLVII y otros "S., M.A. si p.s.a. estafa causa nO 68/10~, sentencia del 4 de octubre de 2011, y M.279.XLVII "M., E.B. y otros si inf. art.

181 inc.

10 del CP", sentencia del 24 de septiembre de 2013, voto de la mayoría) .

Por ello, intímese a la recurrente a que, .dentro del qU~to día, efectúe el depósito previsto en el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, baj o apercíbimiento de ejecución.

-Tftquese o‹,oo"meo",~e,e.

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C.;S. FAYJ", .- / ENRIQUE S PETRACCHi

Recurso de reposición interpuesto por la Asesora General Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dra. L.C.M..

D.O.

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