Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Octubre de 2013, G. 695. XLVI

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha29 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 695. XLVI. G., O.V. y otros sI casa- ción. Buenos Aires, .1'1 de d::.tt/brc tI~ LP"'3 Vistos los autos:

uGonzález, O.V. y otros si casación". Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones expuestos en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que cabe remitir en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por aquélla, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, con los alcances indicados en el citado dictamen.

Con costas.

Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente.

N. y, oportunamente, devuélvase.

E.;S. PETRACCHIJ.;CARLOS MAQUED . E. RAULZAFFARONJ

Recurso extraordinario interpuesto por Ángel Estrada y Cía. S.A., representada por el Dr. L.S. De La Fuente, con el patrocinio letrado del Dr. J.R.M.. Traslado contestado por O.V.G., representado por las Oras.

C.B.H. y V.S. Reinoso. Tribunal de origen:

Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de La Rioja. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado del Trabajo y Conciliación nQ 2 de la Justicia Ordinaria de la provincia de La Rioja.

D.O.

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