Sentencia nº 14541 de Quinta Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 22 de Octubre de 2013

PonenteMARTINEZ FERREYRA, RODRIGUEZ SAA
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2013
EmisorPrimera Circunscripción

* CAMARAS DE APELACIONES EN LO CIVIL, C-QUINTA PODER JUDICIAL MENDOZA foja: 304 CUIJ: 13-00722706-4(010305-14541) “ MARTI, S.L. C/ BRAHIM, I.W. Y OTS. S/ D. Y P. (ACCIDENTE DE TRÁNSITO)” *10724315* En la ciudad de Mendoza, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Excma. Cámara Quinta de Apelaciones en lo Civil, Comercial, M., de Paz y T. de la Primera Circunscripción Judicial, los Sres. Jueces titulares de la misma D.. A.M.R.;guezS.; y O.M.F., y trajeron a deliberación para resolver en definitiva la causa Nº 13-00722706-4 (010305-14541)., caratulada “MARTI, S.L. C/ BRAHIM, I.W. Y OTS. S/ D. Y P. (ACCIDENTE DE TRÁNSITO)”, originaria del Primer Tribunal de Gestión Asociada, venida a esta instancia en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 268 por la parte actora contra la sentencia dictada a fojas 258/263. Llegados los autos al Tribunal, a fojas 281/291 expresa agravios el apelante, contestados por la citada en garantía a fs. 295/298. Practicado el sorteo de ley, quedó establecido el siguiente orden de votación: M.F., M. y R.S.. En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 160 de la Constitución Provincial y 141 del Código Procesal Civil, se plantearon las siguientes cuestiones a resolver: PRIMERA CUESTION: Es justa la sentencia apelada? SEGUNDA CUESTION : C.. SOBRE LA PRIMERA CUESTIÓN EL DR. M.F. DIJO: I.- La sentencia recurrida hace parcialmente lugar a la demanda por indemnización de daños y perjuicios promovida por el señor S.L.M., en contra del señor I.W.B. y C.C.ñía Argentina de Seguros S.A., condenando a estos últimos al pago de la suma de $ 9.300.- A fin de llegar a tal conclusión el señor Juez a quo establece la responsabilidad por los daños en cabeza del accionado, cuestión ésta no discutida en esta instancia.- Al momento de avanzar sobre la pretensión indemnizatoria formulada por el actor rechaza, en primer término la formulada por la denunciada incapacidad sobreviniente, por cuanto estima no se ha acreditado el daño. Asimismo rechaza la pretensión indemnizatoria por daño moral conforme surge de la pericial rendida, como así también la pretensión indemnizatoria por gastos médicos.- Otorga la suma de $ 9.300 por gastos en la reparación del vehículo, lo que entiende se encuentra acreditado con la pericial rendida en autos.- II.- Que, al fundar su recurso, la parte actora se agravia por el rechazo cualitativo de su pretensión indemnizatoria por incapacidad sobreviniente, daño moral y gastos médicos, argumentando que la sentencia no ha valorado debidamente las pruebas obrantes en autos.- En segundo lugar se agravia por el monto otorgado en concepto de indemnización por el arreglo del vehículo.- En tercer lugar se agravia por la tasa de interés aplicada a este último rubro y, por último, la omisión de tratamiento de la indemnización por privación de uso del vehículo.- Dice que su parte ha acompañado prueba instrumental de la que surgen las lesiones que denuncia, no existiendo prueba alguna que la desvirtue e informe del perito médico clínico y declaraciones testimoniales, como así también el examen realizado por el médico de sanidad policial.- Respecto de la indemnización por daño moral dice que la sentencia yerra al no relacionar este daño con las lesiones físicas padecidas por su parte, desconociendo nuevamente las declaraciones testimoniales de autos.- En cuanto al rechazo del rubro por gastos médicos dice que no se ha tenido en cuenta que éstos son derivación lógica de las lesiones sufridas por su parte, lo que se ve corroborado por la testimonial de fs. 205.- Respecto del monto indemnizatorio por el arreglo del vehículo, dice que mas allá del informe pericial, debió...

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