Resolución Nº 3842/2013

Fecha de disposición05 Diciembre 2013
Fecha de publicación13 Diciembre 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32785



INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

ResoluciónNº 3842/2013Bs. As., 5/12/2013

VISTO la Resolución Nº 1423/2013/INCAA, del 24 de mayo de 2013 y;

CONSIDERANDO:

Que dicha Resolución aprueba el convenio Marco de Asistencia Técnica entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.

Que el objeto de dicho Convenio es establecer acciones y programas de asistencia y verificación de especificaciones proporcionadas por este organismo para el software que deberán utilizar los exhibidores de productos audiovisuales comprendidos en la Ley 17.741 (t.o. 2001).

Que en la “Cláusula tercera: intitulada “convenios específicos”, establece que las acciones y programas que las partes lleven adelante bajo el presente Convenio Marco de Asistencia Técnica, serán instrumentadas y definidas mediante Convenios Específicos a suscribir entre el INTI y el INCAA o los terceros que quieran verificar su software para proporcionarlo a los exhibidores, los que se considerarán celebrados al amparo del presente.

Que en dichos Convenios Específicos, se establecerán las actividades a realizar, sus objetivos y planes de trabajo, plazos de ejecución de las tareas, equipamientos y personal a ser afectados, así como costo de los trabajos solicitados, plazo y forma de pago, si los hubiere, mediante la apertura de la Orden de Trabajo correspondiente.

Que en este orden de ideas, las partes se comprometen a aunar esfuerzos con la finalidad de delinear y concretar en un plazo máximo de noventa (90) días corridos a contar desde la firma del presente, los lineamientos y términos para la suscripción de un primer Convenio Específico en el marco de los objetivos previstos en el presente Convenio Marco, pudiendo dicho plazo, para el caso de resultar insuficiente, ser prorrogado en forma automática.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención de su competencia, y dictaminado favorablemente sobre la cuestión.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del Artículo 3ro. de la Ley 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto Nº 1248/01).

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Apruébese el Convenio Específico entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, que obra agregado como Anexo l y forma parte integrante de la misma.

ARTICULO 2°

— Impútese el gasto que de él surja a la Partida correspondiente del ejercicio Financiero 2013, sujeto a disponibilidad presupuestaria.

ARTICULO 3°

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplida, archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

CONVENIO ESPECIFICO

ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Y EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

En la Ciudad de Buenos Aires, a los días del mes de Noviembre del año 2013, entre el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL a través de su Sistema de Centros de Investigación y Desarrollo, en adelante “INTI”, representado en este acto por su Presidente, Ingeniero Ricardo H. del Valle, con domicilio legal en Avenida Leandro N. Alem Nº 1067, Piso 7° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante denominado “INCAA”, representado en este acto por la Presidenta Liliana Mazure, con domicilio legal en Lima 319, de la Ciudad de Buenos Aires, ambas en conjunto denominadas, “LAS PARTES”, acuerdan celebrar el presente Convenio Específico con encuadre en el Convenio Marco suscripto en fecha 10 de mayo de 2013, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

CLAUSULA PRIMERA: OBJETO

El presente Convenio Específico tiene por objeto la prestación por parte del INTI de los siguientes servicios:

  1. por única vez:

    • Análisis de los Casos de Test (TC-Test Case) a...

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