Auto nº 27084 de Cuarta Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 27 de Agosto de 2003

PonenteGonzález, Bernal, Sarmiento García
Fecha de Resolución27 de Agosto de 2003
EmisorPrimera Circunscripción

M., 27 de agosto del 2.003.

Y VISTOS : Estos autos 108.943/27.084, caratulados "B.S.N. por Información Sumaria" ; y

CONSIDERANDO :

  1. Que a fs. 279 la Sra. S.N.B. apela el auto de fs. 273/75 y al fundar su recurso a fs. 296/99 pide se haga lugar al mismo, se revoque la resolución cuestionada y se haga lugar a lo peticionado, determinando su convivencia con el Sr. M. de la Fuente hasta su fallecimiento con costas.

    La queja es contestada a fs. 302/303 por la contraria quien solicita el rechazo del re recurso con costas.

  2. En el auto apelado el juzgador rechaza la informa información sumaria peticionada por la Sra. S.N.B., a fin de acreditar su convivencia con el Sr. M.R.;n de la Fuente y gestionar la pensión que a la conviviente otorga la legislación previsional.

    A fs. 274 señala que "si bien la actora en vida del causante, acredita su condición de conviviente y tiene un hijo en común, la convivencia había cesado antes del fallecimiento del Sr. Rubén de la Fuente.."

    Se remite para ello a las constancias de los autos N° 265535 /2 y su acumulado N° 265537/2 del Segundo Juzgado de Menores, donde de sus constancias surge que con fecha 30/04/99 desde hace aproximadamente un mes antes mediaba separación de la pareja... con domicilio del Sr. Rubén De la Fuente en calle Zapala 600 de D.G.;n.. distanciamiento que subsistía al tiempo de llevarse a cabo el acuerdo de mediación de fecha 18/08/99.. no existiendo con posterioridad y hasta la fecha del fallecimiento del Sr. Rubén de la Fuente (10/10/99) constancia cierta de que éste hubiera retomado la convivencia con la demandante...".

    Analiza luego la documentación de fs. 137, 138, 142 , 145, 167, que corrobora el domicilio del causante en la calle Zapala, en departamento que tenía alquilado a la Sra. R.L.D. de Martín, de donde los padres del Sr. Rubén de la Fuente retiran las pertenencias de su hijo (acta de fs. 243/4) y testimonial de fs. 245 y de fs. 204 vta).

    Se refiere posteriormente el juzgador, al resto de las declaraciones testimoniales que no disipan la situación descripta en el párrafo precedente, concluyendo a fs. 275 en que "no existen elementos suficientes para tener por cierto que con posterioridad al alejamiento de la pareja en marzo de 1999, la actora retomara la convivencia con el causante, por lo que la mejor solución es que el derecho de pensión revierta en partes iguales en favor de sus hijos menores".

    En su recurso de fs. 296/99, la actora se refiere a prueba testimonial que a juicio...

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