Resolución Nº 709/2013

EmisorMinisterio de Economia y Finanzas Publicas
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2013



MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

ResoluciónNº 709/2013Bs. As., 5/11/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0186752/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Resolución Nº 1.243 de fecha 28 de octubre de 1992 del ex -MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y sus modificaciones, la Resolución Nº 37 de fecha 19 de octubre de 2009 de la Dirección de Técnica de la Subdirección General de Técnico Legal Aduanero de la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, prorrogada por su similar Nº 14 de fecha 23 de marzo de 2010 y la Resolución Nº 66 de fecha 10 de marzo de 2011, prorrogada por la Resolución Nº 586 de fecha 3 de octubre de 2012, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que a través del expediente citado en el Visto, el GRUPO ISOLUX CORSAN S.A. Y OTROS —UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS—, solicita una prórroga por un plazo de DOCE (12) meses, para la utilización del Régimen de Envíos Escalonados creado por la Resolución Nº 1.243 de fecha 28 de octubre de 1992, modificada por las Resoluciones Nros. 924 de fecha 17 de julio de 1996 y 888 de fecha 5 de agosto de 1997, todas del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y por las Resoluciones Nros. 183 de fecha 16 de abril de 2009 y 27 de fecha 31 de enero de 2011, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que la firma recurrente fue autorizada a utilizar el Régimen de Envíos Escalonados mediante la Resolución Nº 37 de fecha 19 de octubre de 2009 por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, prorrogado por otros CIENTO OCHENTA (180) días adicionales a través de la Resolución Nº 14 de fecha 23 de marzo de 2010, ambas de la Dirección de Técnica de la Subdirección General Técnico Legal Aduanero de la Dirección General de Aduanas de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el recurrente fue autorizado a utilizar el Régimen de Envíos Escalonados en cuestión con el objeto de importar “DOS (2) calderas acuotubulares de lecho fluidizado con una producción de vapor superior a 45 t por hora”, comprendidas en la Subpartida del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías 8402.11.

Que el Artículo 5° de la Resolución Nº 1.243/92 del...

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