Resolución N° 63/2013
Emisor | Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social |
Fecha de la disposición | 28 de Octubre de 2013 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
ResoluciónN° 63/2013Bs. As., 28/10/2013
VISTO, el expediente N° 147.112/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que en el citado expediente la Presidencia de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) N° 10, eleva el tratamiento dado en dicha sede regional a las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de MANIPULACION Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en jurisdicción de las provincias de SALTA y JUJUY.
Que a tal efecto, eleva copia del Acta N° 4 de la CAR N° 10, de fecha 2 de julio de 2013 y el Acta de Subcomisión Técnica de fecha 18 de julio de 2013.
Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia de determinar nuevas remuneraciones para la actividad en la referida jurisdicción, debe procederse a su determinación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL
DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
— Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de MANIPULACION, ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) N° 10, Provincias de SALTA y JUJUY, con vigencia a partir del 1° de octubre de 2013, conforme consta en el Anexo que forma parte de la presente resolución.
— Las remuneraciones resultantes de la aplicación de la presente, serán objeto de los aportes y contribuciones previstos por las leyes vigentes, y por las retenciones, en su caso, por cuotas sindicales ordinarias.
— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ALVARO D. RUIZ, Presidente C.N.T.A. — Lic. CARLA E. SEAIN, Rep. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. — Sr. MARIO BURGUEÑO HOESSE, Rep. Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca. — Sr. RICARDO GRETHER, Rep. Confederaciones Rurales Argentinas. — Lic. FEDERICO LANDGRAF, Rep. CONINAGRO. — Sr. JORGE HERRERA, Rep. U.A.T.R.E.
ANEXO
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