Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Octubre de 2013, L. 143. XLIX

Sentido del falloADMITE - RECURSO DE ACLARATORIA
Fecha15 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

," L. 143. XLIX.

RECURSO DE HECHO

Las C.S. A. si' recurso de apelación ley 19.511 (expte. 28-69016-20834-2011). Buenos Aires, Á 5 ole- 4:› m b~ k Zc,l?:›. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional - Ministerio de Economia y Finanzas Públicas en la causa Las Camelias S .A. si recurso de apelación ley 19.511 (expte.

28-69016-20834-2011)", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

Intímase al Estado Nacional, Ministerio de Economia y Finanzas Públicas para que, en el ejercicio financiero que corresponda, haga efectivo el depósito previsto en el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encuentra diferido de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91. N., tómese nota por Mesa de archívese.

R ElENA 1.HIGHTON de NOlASCO . PETRACCHI -1- CARMENM.A

Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional, ~nisterio de Economía y Finanzas Públicas, representado por la Dra. M.A.J., con el patrocinio letrado del Dr. G.I.C.. Tribunal de origen:

Cámara Federal de Apelaciones de Paraná. ,.

,

D.O.

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