Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Octubre de 2013, C. 255. XLIX

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha15 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

~ I Competencia N° 255. XLIX, S., L.S. y otro el Google roe. si medidas cautelares. Buenos Aires, Autos y Vistos; Considerando:

Que tanto los jueces de la Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, corno el magistrado subrogante del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal n° 5, se declararon incompetentes para entender en la causa, quedando trabado un conflicto negativo de competencia que corresponde dirimir a esta Corte, de conformidad con lo dispuesto por el arto 24 inc.

7° del decreto-ley 1285/58. Que esta Corte, en casos sustancialmente análogos al presente, en los que se pretendía e.l.iminar, "datos obrantes en bases de datos de internet, lo que implicaba que se encontraban interconectadas en redes virtuales interjurisdiccionales, ha declarado la competencia de la justicia federal, con fundamento en lo dispuesto por el arto 36, inciso b, de la ley 25.326 (Competencias USvatzky, B.L. cl Datos Vistuales S.A." (Fallos:

328: 1252); Up.

S.A. cl Prima S.A. y U.S.

S.A. " (Fallos:

328:4087); 'Compe.tencias N° 1018.XLII "Luna, Sil vina N. el Yahob de' Argentina S. R. L. y' otros si medidas precautorias" pronunciamÍE;nto del 25 de noviembre de 2005 y uRondinone, R.I. c/'Yahoo de'Argentina S.R.L. y ~tros- (Fallos:

330:249, entre otra sr .

." Por ello, oída la señora Procuradora Fiscal subrogante, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el'Juzgado Nacional de Primera:Instancia en lo Civil y Comercial Federal nO, 5, al' que' se le :remitirán; H. saber al 'Juzgado

-L iJ , (i Nacional de Primera Instancia en lo Civil nO 95, por intermedio de la Sala G de la cámara de apelaciones de dicho fuero.

CARLOS S. FAYT E. RAUlZAFFARONI CARMEN M. ARGIBAY

Document Outline

00000001

00000002

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR