Resolución Nº 2907/2013

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2013



MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

ResoluciónNº 2907/2013Bs. As., 10/10/2013

VISTO el Expediente Nº 217.773/2012-SSSALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente del VISTO la OBRA SOCIAL DE LA FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (R.N.O.S. Nº 1-1070-1), solicita se registre la reforma introducida al artículo 3 de su Estatuto.

Que a tal fin acompaña a fs. 7/10 copia certificada del Acta Nº 01/2012; a través de la cual el Consejo Directivo de la O.S.F.A.T.L.Y.F. instrumenta la aprobación de la reforma efectuada al Estatuto de la entidad.

Que al efecto acompaña a fs. 112/122, 123/133 y 134/144 sendos ejemplares del texto ordenado, suscriptos en cada una de sus fojas por el titular de la Obra Social.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia sin formular observaciones a lo solicitado, señalando que el procedimiento de reforma de Estatuto se ajusta a los términos del Art. 41 del hasta ahora Estatuto vigente y conforme los términos de la citada Acta y Certificados de Autoridades obrantes en autos.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615/96 y 1008/12 PEN.

Por ello,

LA SUPERINTENDENTA

DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Regístrese la reforma introducida al artículo 3 del Estatuto de la OBRA SOCIAL DE LA FEDERACION...

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