Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Septiembre de 2013, N. 97. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha17 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 97. XLIX. Nidera SA (TF 2S.216-A) el DGA. Buenos Aires, ~1&e..4epke.w..lcre. eh clO/;S. Vistos los autos:

"Nidera SA (TF 25.216-A) el DGA".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se lo desestima.

Con costas.

N. y de- vuélvase. E.;S. PETRACCHIE. RAUL ZAFFARONIC.;M. ARG\BAY

Recurso extraordinario interpuesto por la Dirección General de Aduanas, representada por la Dra. V.E.A.. Traslado contestado por N.S.A., representada por el Dr. J.E.R.- guezL., con el patrocinio letrado de~ Dr. E.C. Barreira. Tribunal de origen:

Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Conten- cioso Administrativo Federal. Tribunal que intervino con anterioridad:

Tribunal Fiscal de la Nación.

D.O.

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