Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Septiembre de 2013, G. 338. XLIX

Sentido del falloREVOCA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha17 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 338. XLIX.

RECURSO DE HECHO

Granjeros S.A. el Poder Ejecutivo Nacional si inconstitucionalidad. Buenos Aires,n etQ. -‹\e~\\~6te. JJ!. c::lOI3. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por AFIP - DGI en la causa Granjeros S.A. c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ inconstitucionalidad", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta quej a, no se dirige contra una sentencia defini ti va o equiparable a tal (art.

14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja.

Intímase al apelante para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación -según el monto establecido en la acordada 2/07-, de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91.

N., tómese nota por Mesa de Entradas y, oportunamente, archívese. JUAN CARLOS MAQUEDA E RAUL ZAFFARONI CARMEN M. ARGIBAY

Recurso de hecho interpuesto por el Fisco Nacional (AFIP - DGI), representado por la Dra. M.F.C., con el patrocinio letrado de la Dra. M.J.F.. Tribunal de origen:

Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Federal de Primera Instancia nO 2 de la Provincia de Tucumán. -2- L

D.O.

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