Resolución Nº 326/2013
Fecha de publicación | 17 Septiembre 2013 |
Fecha de disposición | 29 Agosto 2013 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32724 |
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
ResoluciónNº 326/2013Bs. As., 29/8/2013
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, su Decreto Reglamentario Nº 1390/98, el Decreto Nº 1172/03 de acceso a la información pública, la Resolución del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) Nº 67/04, el procedimiento interno G-DIR-02 Revisión 4 “Elaboración y revisión de Normas y Guías Regulatorias”, las Resoluciones del Directorio Nº 21/11 y Nº 186/13, lo actuado por la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA, por la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y por el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE I Y CLASE II Y III DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR (CALPIR), y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 7° de la Ley Nº 24.804 citada en el VISTO establece que la ARN tendrá a su cargo la función de regulación y fiscalización de la actividad nuclear en todo lo referente a los temas de seguridad radiológica y nuclear.
Que el Artículo 16, a) de la mencionada Ley dispone que la ARN dictará las Normas Regulatorias referidas a seguridad radiológica y nuclear, protección física y fiscalización del uso de materiales nucleares, licenciamiento y fiscalización de instalaciones nucleares, salvaguardias internacionales y transporte de materiales nucleares en su aspecto de seguridad radiológica y nuclear y protección física.
Que mediante la Resolución Nº 21/11 citada en el VISTO, una serie de instalaciones Clase II y Clase III fueron incluidas dentro de las subclases de instalaciones Clase II del Ciclo de Combustible Nuclear y Clase III del Ciclo de Combustible Nuclear.
Que, asimismo, el Artículo 2° de la resolución citada en el párrafo precedente estableció que, hasta tanto se apruebe la nueva normativa, los solicitantes de permisos individuales para instalaciones clase II y clase III del ciclo de combustible nuclear, deben cumplir con los requisitos establecidos en su Anexo II.
Que, por otra parte, la Resolución Nº 21/11 aprobó la Iniciativa Regulatoria Nº 1/11, que tiene por objeto elaborar un proyecto de norma regulatoria para el licenciamiento de personal de instalaciones Clase II y Clase III del Ciclo de Combustible Nuclear.
Que de acuerdo a dicha Iniciativa Regulatoria, la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR, el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE I Y CLASE II Y III DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR (CALPIR) y la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA elaboraron en conjunto el anteproyecto de Revisión 0 de la Norma AR 0.11.4. “Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase II y Clase III del Ciclo de Combustible Nuclear” que incorpora la experiencia regulatoria obtenida en la implementación de la mencionada Resolución Nº 21/11 y que contiene los requisitos regulatorios para el licenciamiento del personal de esa clase de instalaciones.
Que mediante resolución Nº 186/13 citada en el VISTO, se declaró la apertura del procedimiento de elaboración participativa de normas con relación al anteproyecto de revisión 0 de la Norma AR 0.11.4 y se habilitó el registro para la presentación de opiniones y propuestas, de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 1172/03 y la Resolución del Directorio Nº 67/04.
Que en el referido procedimiento de Elaboración Participativa de Normas sólo se recibió una opinión de carácter informal, que fue analizada y tenida en cuenta en el texto del Proyecto de Revisión 0 de la citada Norma AR 0.11.4.
Que la experiencia obtenida por la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR, el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE I Y CLASE II Y III DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR (CALPIR) y los antecedentes internacionales en la materia, indican la conveniencia de aprobar la Revisión 0 de la Norma AR 0.11.4., a fin de establecer los requisitos referidos a capacitación, formación y experiencia que debe acreditar el personal de las Instalaciones Clase II y Clase III del Ciclo del Combustible Nuclear, para obtener y/o renovar sus permisos individuales.
Que con relación al citado proyecto de norma, se ha dado cumplimiento al procedimiento interno G-DIR-02...
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