Disposición Nº 511/2013

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Fecha de la disposición10 de Junio de 2013



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SECRETARIA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES

DisposiciónNº 511/2013Bs. As., 10/6/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0031777/2013 Cuerpos I y II del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones citadas en el Visto, la Firma ULTRAPETROL SOCIEDAD ANONIMA, (CUIT: 33-65685343-9), solicitó oportunamente la inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PUERTOS, creado por Disposición Nº 14 del 26 de enero de 1998 de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, del puerto denominado “PUERTO MARTINS”, ubicado a la altura del KILOMETRO TRESCIENTOS TREINTA Y DOS (km 332), margen derecha del Río PARANA, Localidad de RAMALLO, Provincia de BUENOS AIRES.

Que con el objeto de verificar y determinar objetivamente la actividad de cada uno de los puertos, como así también conocer a todos los sujetos de la Ley Nº 24.093, requieran o no de la habilitación del PODER EJECUTIVO NACIONAL según su propia clasificación, por Disposición Nº 14/98 de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES se creó el REGISTRO NACIONAL DE PUERTOS, que funciona actualmente en la DIRECCION NACIONAL DE PUERTOS, ex - DIRECCION NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA PORTUARIA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES.

Que con fecha 29 de agosto de 2005, la Firma ULTRAPETROL SOCIEDAD ANONIMA suscribió un Contrato de Locación con los titulares del puerto.

Que por la Cláusula Segunda del citado Contrato de Locación el plazo de duración fue fijado en SESENTA (60) meses a contar del 10 de septiembre de 2005.

Que sin perjuicio de ello, una vez concluido el plazo establecido, la Locataria tendrá la opción de prorrogar el contrato, en las mismas condiciones, por el término de VEINTICUATRO (24) meses más, a contar desde el 10 de septiembre de 2010, hasta el 10 de septiembre de 2012, comunicando su intención a los Locadores por medio fehaciente con al menos NOVENTA (90) días de antelación a la fecha de vencimiento original.

Que la Firma ULTRAPETROL SOCIEDAD ANONIMA oportunamente hizo uso de la opción de la prórroga prevista en la Cláusula Segunda del Contrato de Locación antes citado.

Que la Firma ULTRAPETROL SOCIEDAD ANONIMA mediante nota del 28 de febrero de 2013 informó a la DIRECCION NACIONAL DE PUERTOS, que a partir del día 10 de septiembre de 2012 había finalizado su Contrato de Locación, motivo por el cual a partir de dicha fecha la mencionada empresa no realiza...

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