Resolución Nº 137/GCABA/SSHU/13

FirmantesCenzón
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Higiene Urbana
Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2013

VISTO:

El Decreto 1510/97, el Expediente N° 2432533/2012 y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el visto tramita el reclamo incoado por la Sra. Gabriela

Zamora, Documento Nacional de Identidad N° 26.763.868.-

Que, a fs. 1 obra adjunta la Carta Documento N° 230411889, diligenciada por la

denunciante con fecha 08 de Noviembre de 2012, en la cual se solicita un

resarcimiento económico por los daños ocasionados al vehículo marca Citroën C3,

dominio EPH 425, como consecuencia de la inundación acaecida el día 29 de Octubre

de 2012 en la intersección de las calles Olazabal y Melián, a raíz de las intensas

lluvias que afectaron a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que, con fecha 10 de Diciembre de 2012 se libró cedula de notificación a la Sra.

Zamora en los términos del Art. 24 del Decreto 1510-GCABA-1997.

Que, el día 11 de Marzo de 2013 en el trámite de mencionadas actuaciones, la

Dirección General de Sistema Pluvial remitió un informe respecto del fenómeno

climático acontecido y sus respectivas consecuencias sobre el ejido de la ciudad,

manifestando que se trató de un evento de característica excepcional que superó la

infraestructura del Servicio Pluvial.

Que, a fs. 9 la Procuración General ha tomado la intervención que le compete.

Que, de la presentación efectuada y constancias obrantes en las presentes

actuaciones, se desprende que la Sra. Zamora no ha acreditado en el expediente la

titularidad sobre el rodado en cuestión.-

De lo expuesto surge que, la peticionante no ha incoado fehacientemente el interés

legítimo o derecho subjetivo que le asiste en virtud de lo dispuesto por el Artículo 24

del Decreto 1510/1997, careciendo en efecto de legitimación que la habilite a efectuar

mencionado reclamo.

Qué del informe presentado por la Dirección de Sistema Pluvial obrante a fs. 7, surge

que la causa del anegamiento se debió a un fenómeno meteorológico extraordinario,

encuadrable en la figura de caso fortuito conforme lo establecido por los Art. 513 y 514

del Código Civil, circunstancia que excede el ámbito de responsabilidad de la

Administració...

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