Disposición Nº 1452/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 3 de Septiembre de 2013

VISTO:

El Expediente N° 1.358.069/2013 y las Disposiciones N° 702-DGIUR-2013 y N° 940-

DGIUR-2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° 702-DGIUR-2013 se procedió a autorizar desde el punto

de vista urbanístico y patrimonial la localización de los usos: "Comercio Minorista

Joyería y Relojería", para el inmueble sito en la Av. Corrientes N° 3201 /17 /23 /31 /37

/47 /51 /77 /87 /93 /95 /99; Lavalle N° 3110 /20 /34 /42 /50 /52 /58 /60 /70 /76 /80 /86

/90 /3200; Anchorena N° 508 /18 /24 /28 /38 /44 /48 /54 /56 /70 /80 /9092 /96, Agüero

N° 511 /21 /31 /41 /51 /61 /71 /81 /91 /603 /611 /21 /31 /41 /51 /71 2° piso local L 2035,

con una superficie a habilitar de 67,17 m2;

Que a través de la Disposición N° 940-DGIUR-2013 se rectifica el

Artículo 1°

de la.

Disposición N° 702-DGIUR-2013, dado que en la misma por error involuntario no se

hace mención de la unidad funcional, siendo la correcta UF N° 162;

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 32 "Mercado de Abasto" de

Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado

Decreto N° 1.181-GCBA-2007, y el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de

Protección Estructural;

Que en esta oportunidad, se puede notar que existe un error involuntario en la

mención de la superficie a habilitar, toda vez se indica como superficie 62,17m2,

siendo la correcta 67,17m2;

Que en tal sentido, corresponde dejar sin efecto las mencionadas Disposiciones N°

702-DGIUR-2013 y N° 940-DGIUR-2013;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o de la publicidad deberá

ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1°.- Déjense sin efecto las Disposiciones N° 702-DGIUR-2013 y N° 940-

DGIUR-2013 de fechas 13 de Mayo de 2013 y 12 de Junio de 2013 respectivamente.

Artículo 2° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

de los usos: "Comercio Minorista Joyería y Relojería", para el inmueble sito en la Av.

Corrientes N° 3201 /17 /23 /31 /37 /47 /51 /77 /87 /93 /95 /99; Lavalle...

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