Disposición Nº 71/GCABA/DGTAPG/13
Firmantes | González Castillón |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Técnica Administrativa y Legal - Pg |
Fecha de la disposición | 30 de Agosto de 2013 |
VISTO:
el Decreto N° 556/GCBA/2010 (BOCBA N° 3463) y su modificatorio Decreto N°
752/GCBA/2010 (BOCBA N° 3512) y el Expediente N° 2.537.363/2013 y;
CONSIDERANDO:
Que, por Expediente N° 2.537.363/2013 tramita la aprobación de gastos originados
para la contratación de un "Servicio de reparación de equipos de aire acondicionado"
instalados en los edificios de la Procuración General, Uruguay 440/466 -CABA-;
Que, por NO-2013-04034689-DGTALPG el Coordinador General de Administración de
la DGTALPG autoriza a contratar un "Servicio de reparación de equipos de aire
acondicionado" instalados en los edificios de esta Procuración General a través del
procedimiento de aprobación de gastos que reglamenta el Decreto N°556/GCBA/2010
y sus modificatorios;
Que, el articulo 1° inc. d) del Decreto N° 556/GCBA/2010 (BOCBA N° 3463), faculta a
los funcionarios, según el cuadro de competencias de su Anexo I, modificado por el
Decreto N° 752/GCBA/2010 (BOCBA N° 3512), a aprobar gastos de imprescindible
necesidad, los cuales justificadamente no pudieren ser gestionados a través de los
procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o
mediante la respectiva caja chica;
Que, el gasto que se aprueba por la presente, no excede el monto mensual
establecido en el cuadro de competencias del Anexo I, perteneciente al artículo 1° inc.
d) del Decreto N° 556/GCBA/2010 (BOCBA N° 3463), modificado por el Decreto N°
752/GCBA/2010 (BOCBA N° 3512);
Que, la presente aprobación de gastos cumple con los requisitos exigidos por el
inc. a) del Decreto N° 556/GCBA/2010 (BOCBA N° 3463) y su modificatorio,
Decreto N° 752/GCBA/2010 (BOCBA N° 3512) en cuanto al carácter impostergable de
la contratación que se propicia, para cumplir con la prestación de los servicios
esenciales del Organismo; y dado que por tratarse de requerimientos que hacen a la
funcionalidad y operatividad del edificio, la adquisición debe llevarse a cabo con una
celeridad tal que imposibilita la utilización de los procedimientos de compras y
contrataciones vigentes;
Que, el inc. b) del artículo 2° de dicha normativa exige como requisito que, si
correspondiere en el caso concreto, la gestión de aprobación del...
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