Resolución Nº 849/2013

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición22 de Julio de 2013



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 849/2013Tope Nº 394/2013

Bs. As., 22/7/2013

VISTO el Expediente Nº 1.546.140/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 586 del 21 de mayo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 70/72 del Expediente Nº 1.546.140/13 obra el acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA), por la parte sindical y la ASOCIACION CIVIL TRANSPORTE AUTOMOTOR (ACTA), la CAMARA DEL TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. (CTPBA), la CAMARA EMPRESARIA DEL TRANSPORTE URBANO DE BUENOS AIRES (CETUBA), la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (AAETA) y la CAMARA EMPRESARIA DEL AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS (CEAP), por la parte empresaria, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 460/73, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 122/123 del expediente principal obran las escalas salariales ratificadas por las partes signatarias según consta a fojas 124, y que corresponden al Acuerdo mencionado que fuera oportunamente homologado por la Resolución S.T. Nº 586/13 y registrado bajo el Nº 450/13, conforme surge de fojas 103/105 y 108, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 135/138, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la...

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