Resolución 511/2013
Fecha de disposición | 06 Junio 2013 |
Fecha de publicación | 24 Junio 2013 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32665 |
Ministerio del Interior y Transporte
TRANSPORTE FERROVIARIO
Resolución511/2013Apruébase Régimen de Penalidades aplicable a los servicios ferroviarios.
Bs. As., 6/6/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0028517/2013 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que el ESTADO NACIONAL mediante el Decreto Nº 798 de fecha 23 de junio de 2004, el Decreto Nº 591 y el Decreto Nº 592, ambos de fecha 22 de mayo de 2007, rescindió los Contratos de Concesión de las empresas TRANSPORTES METROPOLITANOS GENERAL SAN MARTIN SOCIEDAD ANONIMA, TRANSPORTES METROPOLITANOS GENERAL ROCA SOCIEDAD ANONIMA y TRANSPORTES METROPOLITANOS BELGRANO SUR SOCIEDAD ANONIMA respectivamente.
Que mediante la Resolución Nº 408 de fecha 24 de junio de 2004 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se conformó la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA a través de la constitución de la empresa UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA que asumió la operación de emergencia del servicio ferroviario del Grupo de Servicios Nº 5 (Línea GENERAL SAN MARTIN), en virtud de lo establecido en el artículo 4° del Decreto Nº 798 de fecha 23 de junio de 2004.
Que mediante la Resolución Nº 354 de fecha 28 de junio de 2007 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se convocó a la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA para la operación integral del servicio ferroviario y para aquellos aspectos complementarios y colaterales del Contrato de Concesión correspondiente al Grupo de Servicios Nº 4 (Línea GENERAL ROCA), en virtud de lo establecido en el artículo 4° del Decreto Nº 591 de fecha 22 de mayo de 2007.
Que a través de la Resolución Nº 355 de fecha 28 de junio de 2007 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se convocó a la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA para la operación integral, del servicio ferroviario y para aquellos aspectos complementarios y colaterales del Contrato de Concesión correspondiente al Grupo de Servicios Nº 7 (Línea BELGRANO SUR), en virtud de lo establecido en el artículo 4° del Decreto Nº 592 de fecha 22 de mayo de 2007.
Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y...
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