Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Junio de 2013, C. 1560. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha04 Junio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

c. 1560. XLVIII.

RECURSO DE HECHO

Capellina, C.A. si homicidio culposo -causa n° 3530-. Buenos Aires, 4 a!.t:. (""'0 de 20/ó. vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la defensa de C.A.C. en la causa C., C.A. si homicidio culposo -causa nO 3530-", para decidir sobre su procedencia Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

Intimese a la parte recurrente a que dentro del quinto dia, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo apercibiy archivese.

J AN CARLOS MAQUEDA E. RAULZAFFARONI L~i,a

Recurso de hecho interpuesto por C.A.C., representado por el Dr. M.J.M.. Tribunal de origen:

Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. Tribunal que intervino con anterioridad:

Tribunal Oral en 10 Criminal nO 14.

D.O.

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