Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 21 de Mayo de 2013, C. 808. XLVIII

Fecha21 Mayo 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 808.

XLVIII.

G., R. s/ estafa. o.' , •••.

_ • ~lWÚ d7~¿.~¿1a Q/VaOOm cdJwdem67~ Buenos Aires, 2/ ae,. ~ e:;te 20/3. Autos y Vistos; Considerando:

Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en la Competencia N° 289.XLVII "S., J. si denuncia", sentencia del 22 de noviembre de 2011, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el sefior P.F., se declara que deberá enviarse el presente incidente al Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccionalno 4 de San Carlos de Bariloche, 111 Circunscripción Judicial de la provincia de Rio Negro, a sus efectos.

A. copia del mencionado precedente y del correspondiente dictamen.

H. saber al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción r '\! .~ • # :.

1,' # I :.,

i11 -2l1 ~

Document Outline

00000001

00000002

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR