Disposición Nº 5/GCABA/DGTALMJYS/13

FirmantesParedes
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Técnica Administrativa y Legal
Fecha de la disposición10 de Enero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013. Año del Bicentenario de la Creación del Himno y del Escudo Nacional en el marco de la Asamblea del Año XIII

DISPOSICIÓN N.° 5/DGTALMJYS/13

Buenos Aires, 10 de enero de 2013

VISTO

El Decreto N° 477/11, las Resoluciones N° 512/MJYSGC/12, 446/MJYSGC/12,

493/SSEMERG/12 y 835/MHGC/11, la Disposición N° 344/DGCG/11, y el Expediente

N° 2831485/12, Y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de los gastos efectuados

con los fondos entregados al Dr. Néstor Alejandro Nicolás, Subsecretario de

Emergencias, en ocasión del viaje autorizado por las Resoluciones N°

512/MJYSGC/12 y 446/MJYSGC/12;

Que de acuerdo a lo dispuesto por las Resoluciones N° 512//MJYSGC/12 y

446/MJYSGC/12, fue entregada en concepto de viáticos, la suma de pesos catorce mil

setecientos ochenta y cinco ($14.785), siendo responsables de su rendición el Dr.

Néstor Alejandro Nicolás;

Que por el Decreto N° 477/11 se aprobó el Régimen de Viáticos, Alojamiento y

Pasajes destinados a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior

del país, estableciendo, en lo que respecta a la rendición de los gastos, que será de

aplicación supletoria la normativa correspondiente a la asignación y rendición de

fondos de caja chica especial;

Que mediante la Resolución N° 835/MHGC/11 se aprobó la Licitación Pública de

Etapa Única N° 4/DGCyC/11 y se adjudicó la prestación de un Servicio de Reserva y

Contratación de pasajes, alojamiento y demás servicios de viaje conexos que puedan

ser requeridos desde este Gobierno, así como la emisión, envío y entrega de pasajes,

vouchers y demás documentación que se confeccione con motivo de la prestación de

dichos servicios y la provisión del sistema de consulta, reservas, reportes y control que

puedan ser requeridos desde áreas dependientes de esta Administración;

Que en ese orden de ideas corresponde observar lo dispuesto en la normativa antes

indicada y en lo que resulte de aplicación, las previsiones contenidas en la Disposición

N° 344/DGCG/11;

Que la norma antes citada expresamente dispone que la oportunidad, mérito y

conveniencia de las erogaciones es responsabilidad del titular de la repartición

receptora de los fondos, las que son aprobadas por Acto Administrativo, y que la

revisión por parte...

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