Disposición Nº 2208/GCABA/DGIUR/12
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 28 de Diciembre de 2012 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del Bicentenario de la Creación del Himno y del Escudo Nacional en el marco de la Asamblea del Año XIII"
DISPOSICIÓN N.° 2208/DGIUR/12
Buenos Aires, 28 de diciembre de 2012
VISTO:
El Expediente N° 2.371.391/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Casa de Comidas, Rotisería; Comercio Minorista de Bebidas en
general envasadas", para el inmueble sito en la Av. Rivadavia N° 917 Planta Baja y
Sótano, con una superficie a habilitar de 54,08 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble emplazado en la Zona 9d del Distrito APH 1 de
Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado
Decreto N° 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°
4822-DGIUR-2012, obrante a foja 16, considera que desde el punto de vista
urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la
localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos
relevantes en la Zona 9d del Distrito APH 1;
Que en relación a la localización de los usos permitidos son: "Alimentación en general,
Restaurante, Cantina, Pizzería, Grill, Heladería, Confitería, etc.; Comercio Minorista de
Productos Alimenticios y/o Bebidas (excluido Feria, Mercado, Supermercado,
Autoservicio) - (se opere o no por sistema de venta Autoservicio)- Tabaco, Productos
de Tabaquería y Cigarrería";
Que respecto a la localización de publicidad, no corresponde su visado toda vez que a
fojas 12 a 14 se renuncia a la colocación de la misma;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
del uso: "Alimentación en general, Restaurante, Cantina, Pizzería, Grill, Heladería,
Confitería, etc.; Comercio Minorista de Productos Alimenticios y/o Bebidas (excluido
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