Disposición Nº 8/GCABA/DGTALMJYS/13
Firmantes | Paredes |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Técnica Administrativa y Legal |
Fecha de la disposición | 10 de Enero de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2013. Año del Bicentenario de la Creación del Himno y del Escudo Nacional en el marco de la Asamblea del Año XIII
DISPOSICIÓN N.° 8/DGTALMJYS/13
Buenos Aires, 10 de enero de 2013
VISTO:
El Decreto N° 477/11, las Resoluciones N° 537/MJYSGC/12 y 835/MHGC/11, las
Disposiciones N° 344/DGCG/11 y N° 59/DGLO/12 y el Expediente N° 2982834/12, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de los gastos efectuados
con los fondos entregados al Director General de Logística, Fuertes Matías Gonzalo,
en ocasión del viaje autorizado por la Resolución N° 537/MJYSGC/12;
Que de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 537/MJYSGC/12, fue entregada
en concepto de viáticos, la suma de pesos dos mil quinientos sesenta y cinco con
92/100 ($2.565,92), siendo responsable de su rendición el Director General de
Logística, Fuerte Matías Gonzalo;
Que por el Decreto N° 477/11 se aprobó el Régimen de Viáticos, Alojamiento y
Pasajes destinados a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior
del país, estableciendo, en lo que respecta a la rendición de los gastos, que será de
aplicación supletoria la normativa correspondiente a la asignación y rendición de
fondos de caja chica especial;
Que mediante la Resolución N° 835/MHGC/11 se aprobó la Licitación Pública de
Etapa Única N° 4/DGCyC/11 y se adjudicó la prestación de un Servicio de Reserva y
Contratación de pasajes, alojamiento y demás servicios de viaje conexos que puedan
ser requeridos desde este Gobierno, así como la emisión, envío y entrega de pasajes,
vouchers y demás documentación que se confeccione con motivo de la prestación de
dichos servicios y la provisión del sistema de consulta, reservas, reportes y control que
puedan ser requeridos desde áreas dependientes de esta Administración;
Que en ese orden de ideas corresponde observar lo dispuesto en la normativa antes
indicada y en lo que resulte de aplicación, las previsiones contenidas en la Disposición
N° 344/DGCG/11;
Que la norma antes citada expresamente dispone que la oportunidad, mérito y
conveniencia de las erogaciones es responsabilidad del titular de la repartición
receptora de los fondos, las que son aprobadas por Acto Administrativo, y que la
revisión por parte Dirección General Técnica...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba