Resolución Nº 1424/GCABA/MAYEPGC/12

FirmantesSantilli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2012

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del Bicentenario de la Creación del Himno y del Escudo Nacional en el marco de la Asamblea

del Año XIII"

RESOLUCIÓN N.° 1424/MAYEPGC/12

Buenos Aires, 26 de diciembre de 2012

VISTO:

El Decreto N° 155/07, Decreto 1.123/08, los Expedientes N° 1.951.005/12, N°

1.921.837/12, N° 1.796.249/12 y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente del visto tramitó la presentación de AESA ASEO Y ECOLOGIA

S.A FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS S.A UTE referida a la

solicitud de la Décimo Sexta (16°) Redeterminación Provisoria de Precios del "Servicio

Público de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Zona N° 2", en

el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 06/03;

Que dicha empresa solicitó la Décimo Sexta (16°) Redeterminación Provisoria de

Precios del respectivo contrato, que al mes de julio de 2012 alcanzó el ocho con

sesenta y cuatro por ciento (8,64%) respecto de mayo 2012;

Que corresponde abonar a la contratista la suma total de pesos once millones

seiscientos dieciocho mil ochocientos veintisiete con 87/100 ($11.618.827,87)

correspondientes a los meses de Julio a Noviembre de 2012 inclusive;

Que la readecuación de precios solicitada encuentra amparo en lo dispuesto por el

Artículo N° 62 del Pliego de Bases y Condiciones en su nueva redacción conforme lo

establecido en la Cláusula Décimo Octava del Acta Acuerdo aprobada por Decreto N°

155/07;

Que la mencionada Cláusula establece que la revisión del precio procederá cuando la

prestación se torne excesivamente onerosa y se acredite el desequilibrio contractual,

esto es cuando la distorsión supere el cinco por ciento (5%);

Que el inciso c del punto 3 correspondiente al Artículo N° 62 mencionado, que

desarrolla el procedimiento de Redeterminación Provisoria, indica que la Empresa

podrá solicitar la adición de un porcentaje equivalente al noventa por ciento (90%) de

la variación en la Estructura de Costos Estimada;

Que la Dirección General de Limpieza, ha tomado la intervención prevista en la

normativa vigente;

Que mediante el Decreto N° 1.123/08, el Jefe de Gobierno ha delegado la facultad de

aprobar las Redeterminaciones Provisorias en los/as Ministro/as y...

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