Disposición Nº 503/2012

Fecha de disposición23 Noviembre 2012
Fecha de publicación15 Enero 2013
SecciónDisposiciones

Bs. As., 23/11/2012

VISTO el Expediente N° 1.523.359/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la FEDERACION UNICA DE VIAJANTES DE LA ARGENTINA (FUVA) conjuntamente con la ASOCIACION VIAJANTES VENDEDORES DE LA ARGENTINA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS (AVVA) por el sector sindical con la ASOCIACION DE INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE LIMPIEZA, PERSONAL DEL HOGAR Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALPHA) por la parte empleadora, el que luce a fojas 4/5 del Expediente N° 1.523.359/12 y ha sido debidamente ratificado a fojas 81/82 de las mismas actuaciones.

Que mediante Disposición Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo (D.N.R.T.) N° 412, de fecha 18 de octubre de 2012, cuya copia fiel consta a fojas 78/79 del sub examine, se declaró constituida la Comisión Negociadora cuya finalidad será alcanzar un acuerdo respecto del Convenio Colectivo de Trabajo N° 295/97.

Que la mentada Comisión Negociadora quedó integrada por los miembros negociadores de cada una de las entidades individualizadas en el primer párrafo del presente.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se pretende las partes establecen incrementar la garantía mínima de remuneración mensual total, conforme las pautas allí establecidas y asimismo establecen un adicional fijo remunerativo en los términos y con los alcances previstos en el mismo, todo ello respecto del Convenio Colectivo de Trabajo N° 295/97.

Que conforme surge de lo ut-supra expuesto, constancias de las actuaciones en las cuales se dicta el presente y antecedentes obrantes por ante esta Cartera de Estado las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo de marras con el alcance personal y territorial señalado.

Que en consecuencia con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo N° 295/97.

Que en definitiva dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que con relación a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día 1 de junio de 2012.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto...

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