Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Junio de 2008, G. 781. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 781. XL.

R.O.

Gasparini, F.A. c/ ANSeS s/ rea- justes varios.

Buenos Aires, 24 de junio de 2008.

Vistos los autos: A., F.A. c/ ANSeS s/ reajustes varios@.

Considerando:

Que la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierta, por falta de adecuado fundamento, la apelación que el actor había interpuesto contra la sentencia de la instancia anterior que había rechazado su demanda por entender que el reajuste del haber había quedado resuelto mediante una sentencia anterior pasada en autoridad de cosa juzgada.

Contra esa decisión, el jubilado dedujo recurso ordinario de apelación que fue concedido (art.

19, ley 24.463).

Que los agravios expuestos por el apelante no alcanzan para sustentar el remedio intentado, ya que no demuestran la inexistencia de cosa juzgada y se basan en el erróneo supuesto de que el fallo que había ordenado la recomposición del beneficio agotó sus efectos el 31 de marzo de 1991, momento a partir del cual su jubilación carecía de movilidad, interpretación que no se compadece con lo resuelto en las instancias anteriores ni con la doctrina del Tribunal al respecto (causa M.2935.XXXVIII AMartilotta, B.S. c/ ANSeS s/ reajustes varios@, sentencia del 18 de diciembre de 2007, considerandos 3, 4 y 5), lo cual lleva a declarar la

deserción del recurso.

Por ello, el Tribunal resuelve:

declarar desierto el recurso ordinario de apelación.

N. y devuélvase.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

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