Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Junio de 2008, G. 174. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 174. XXXIX.

R.O.

Galarza, C. y otros c/ Caja de Retiros, J.. y P.. de la Policía Federal s/ Personal Militar y Civil de las FF. AA. y de Seg.

Buenos Aires, 18 de junio de 2008.

Vistos los autos: A., C. y otros c/ Caja de Retiros, J.. y P.. de la Policía Federal s/ Personal Militar y Civil de las FF. AA. y de Seg.@.

Considerando:

Que a fs. 144 el actor solicita se aclare la sentencia de fs. 141, se fijen las costas a la vencida y se regulen sus honorarios profesionales.

Que atento a que el recurso ordinario de apelación fue declarado mal concedido por las razones expresadas en el precedente ABarahona@, argumentos que no fueron propuestos por el actor al contestar el traslado del memorial de la recurrente, las costas deben ser soportadas en el orden causado.

Por ello, se aclara la sentencia de fs. 141 y se distribuyen las costas en el orden causado. N.. ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

Aclaratoria interpuesta por C.G. y otros, representados por el Dr. OSVALDO Claudio Muiños Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 9

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