Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Diciembre de 1994, C. 1259. XXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1463. XXVIII. y otros.

    RECURSOS DE HECHO

    C., L.F. c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.

    Buenos Aires, 6 de diciembre de 1994.

    Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por las actoras en la causas: 'C., L.F. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; M.174. 'M., Urbano c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; R.98. 'R., J.A. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; P.163.

    'P. de Sigona, M. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; H.19 'H., G. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; B.100. 'B., F.A. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; W.3. 'W., P. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; R.439. 'R., C. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; C.1270. 'C., H. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; A.460.

    'A., P. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; G.704. 'G., J. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; T.188. 'T. de V., E.F. c/ Caja Nac. de P.. para el Pers. del Est. y S.. Públicos'; R.493. 'Rosa, L. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; I.1 'Isolabella, L.E. c/ Caja Nac. de P.. para el Pers. del Est. y S.. Públicos'; F.390. 'F., J.J. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A..

    Civiles'; P.673. 'P., A.M. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; A.701.

    'Appelhans, T. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. C.-

    les'; V.367. 'Vujosevich, J. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; B.127. 'Brane de Aldatz, M.E. c/ Caja Nac. de P.. para el Pers. del Est. y S.. Públicos'; P.184. 'P., A.A. c/ Caja Nac. de P.. para el Pers. del Est. y S.. Públicos'; P.668.

    'Piacenza, R.P. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; C.1435. 'C., R. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; L.342. 'Lanza, V.T. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; V.137. 'Verde, E. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; R.204. 'R., G.E. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; H.25. 'H., L.J. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; S.646. 'S., V. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A..

    Civiles'; P.639. 'P., A.E. c/ Caja Nac. de P.. para el Pers. del Est. y S.. Públicos'; V.314.

    'V., A.E.I. c/ Caja Nac. de P.. para el Pers. del Est. y S.. Públicos'; C.1278. 'Calzetta, M.A. c/ Caja Nac. de P.. para el Pers. del Est. y S..

    Públicos'; A.618. 'A., M. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; B.632. 'B., E. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; C.1285. 'Cartaman, G. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; J.80. 'Jara, V.E. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; C.1271. 'C., C. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; V.306. 'Vera, J. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; P.626. 'P., J. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y

  2. 1463. XXVIII. y otros.

    RECURSOS DE HECHO

    C., L.F. c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.

    A.. Civiles'; F.484. 'F., D. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; M.821.

    'M., C. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; P.625. 'P., L. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; M.833.

    'Méndez, D. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; C.1259. 'Clozza, A.B. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; M.822.

    'Mársico, A.E. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; B.643. 'B., A. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; T.229.

    T., A. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; K.80. 'K., R. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'; A.624. 'A. de Estadella, M. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles'', todas del libro XXVIII", para decidir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que los planteos efectuados en los recursos extraordinarios cuyas denegaciones originan las presentes quejas, han sido resueltos por esta Corte en contra de las pretensiones de los recurrentes en reiteradas oportunidades (D.73.XXV "Del Rosso, N. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A.. Civiles' Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles", fallada con fecha 17 de noviembre de 1994; B.109.XXV. "B., E.A. c/ Caja Nac. de P.. de la Ind., Com. y A..

    Civiles' Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Acitividades Civiles" y L.142.XXV "L., J. c/ Caja Nac. de P.. de

    la Ind., Com. y A.. Civiles' INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles", ambas falladas con fecha 29 de noviembre de 1994), por lo que la cuestión federal propuesta resulta insustancial.

    Por ello, se desestiman las quejas. N. y archívense. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (H) - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A.

    BOSSERT.

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