Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Julio de 1994, F. 520. XXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 520. XXVI.

RECURSO DE HECHO

F., N.G. c/ Unión de la Industria Cárnica Argentina.

Buenos Aires, 5 de julio de 1994.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa F., N.G. c/ Unión de la Industria Cárnica Argentina", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. R.L. (H) - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - G.A.F.L..

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