Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Junio de 2008, I. 269. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 269. XXXII.

ORIGINARIO

I.A., Aundio c/ Tribunal de Cuentas de la Provincia de Formosa s/ daños y perjuicios.

Cincidente de ejecución de honorarios (Dr. Belotto)C IN2.

Buenos Aires, 24 de junio de 2008 Autos y Vistos; Considerando:

Que el Tribunal comparte los fundamentos y la conclusión del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que corresponde remitir a fin de evitar repeticiones innecesarias.

Por ello, se resuelve: Declarar que la presente causa es ajena a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. N., comuníquese al señor P. General, y devuélvanse las presentes actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de Formosa, provincia homónima, a sus efectos, junto con el cuaderno provisorio (expte. I.269/96.XXXII IN1) y los autos principales, los cuales se remiten con cargo de oportuna devolución. ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - JUAN C.M..

Profesionales intervinientes: doctores G.A.B. (por derecho propio) y G.F.E. (letrado apoderado del Instituto Provincial de Seguros de Salta).

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