Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Abril de 2008, N. 99. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 99. XLII.

RECURSO DE HECHO

N.R., B. y otros s/ homicidio calificado Ccausa N° 1110/03C.

Buenos Aires, 29 de abril de 2008 Autos y Vistos; Considerando:

Que, desde antiguo, tiene dicho esta Corte que sus sentencias deben ceñirse a las circunstancias dadas cuando se dictan, aunque aquéllas sean sobrevinientes al recurso extraordinario F.233.XX. A., C.H. s/ recurso de amparo@, 19 de mayo de 1988 (Fallos: 311:787). En razón de ello, y habida cuenta, de que por sentencia de fecha 29 de junio de 2007, el Tribunal en lo Penal N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial de Misiones condenó a A.M.I.G. a la pena de prisión perpetua, aún cuando ese fallo no se encuentra firme por hallarse pendiente de resolución un recurso de queja por casación denegada ante el Superior Tribunal de Justicia de Misiones, cabe concluir que ha devenido abstracta la cuestión planteada en la queja en examen.

Por ello, se declara inoficioso un pronunciamiento del Tribunal sobre los agravios expresados por la recurrente.

N., devuélvanse las actuaciones al tribunal de origen, y oportunamente archívese. E.I.H. de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso de hecho interpuesto por A.M.I.G., representada por J.J.M., defensor Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal en lo Penal N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial de Misiones

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