Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 22 de Abril de 2008, R. 1067. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 1067. XLIII.

RECURSO DE HECHO

R., R.Q. s/ abuso sexual reiterado agravado - causa N° 89.393.

Buenos Aires, 22 de abril de 2008 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la defensora oficial de R.Q.R. en la causa R., R.Q. s/ abuso sexual reiterado agravado - causa N° 89.393@.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación originó la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. I. al recurrente a que dentro del quinto día de notificado acompañe copia de la resolución por la que se concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art.

286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.I.H. de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso de hecho interpuesto por R.A.M. delG. y M.B.S., en su carácter de defensor oficial subrogante en autos de la XII Defensoría Oficial y Titular de la XII Defensoría de Pobres y Ausentes respectivamente, en representación de R.Q.R. -detenido-.

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de Mendoza.

Tribunales que intervinieron anteriormente: Sexta Cámara del Crimen de la Primera Circunscripción Judicial.

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