Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Noviembre de 2007, B. 1941. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1941. XL.

RECURSO DE HECHO

Banco Integrado Departamental Cooperativo Limitado s/ quiebra.

Buenos Aires, 6 de noviembre de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el banco de la Nación Argentina en la causa Banco Integrado Departamental Cooperativo Limitado s/ quiebra", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja reglada en los arts. 285 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación tiene por finalidad que la Corte revise la denegación por los jueces de la causa de un recurso de apelación ordinario o extraordinario deducido para ante ella.

Por lo tanto, carece de sentido cuando C. ocurre en el casoC no está precedida de tal recurso.

Por ello, se desestima la queja. N. y oportunamente archívese.

E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por el Banco de la Nación Argentina, representado por el Dr. J.A. delR., con el patrocinio del Dr. J.L.D.T. de origen: Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto

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