Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 21 de Agosto de 2007, C. 100. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 100. XXXIX.

R.O.

Coronel, B. de Jesús c/ ANSeS s/ reajustes varios.

Buenos Aires, 21 de agosto de 2007.

Vistos los autos: A., B. de Jesús c/ ANSeS s/ reajustes varios@.

Considerando:

Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que dispuso la determinación del haber inicial según las pautas que señaló, el actor dedujo recurso ordinario de apelación que fue concedido en los términos del art. 19 de la ley 24.463.

Que los agravios del demandante que se relacionan con el computo del primer haber de la prestación, suscitan el examen de cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en la causa M.675.XLI. A., F.J. c/ ANSeS s/ reajustes varios@, fallo del 15 de agosto de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir por razones de brevedad.

Por ello, el Tribunal resuelve: declarar procedente el recurso ordinario deducido y revocar la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente AMonzo@ citado. N. y devuélvase. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

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