Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Agosto de 2007, C. 1903. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1903. XLII.

RECURSO DE HECHO

C.S.A. de Electrificación c/ Agua y Energía S.E.

Buenos Aires, 7 de agosto de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Corti S.A. de Electrificación c/ Agua y Energía S.E.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 109. N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFA- RONI - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por C.S.A. de Electrificación, representada por la Dra. Rosaura Cerdeiras, patrocinada por el Dr. Enrique G. Mabromata Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal Contencioso Administrativo, S.I.T. que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 9

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