Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Julio de 2007, C. 490. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 490. XLIII.

V., M.A. s/ presuntas amenazas telefónicas.

Buenos Aires, 3 de julio de 2007.

Autos y Vistos; Considerando:

Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por este Tribunal en Fallos: 328:4216, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor P.F., se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Federal de Zapala, Provincia del Neuquén, al que se le remitirá. H. saber al Juzgado de Instrucción de la IV Circunscripción con asiento en la localidad de Villa La Angostura, de la provincia mencionada.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

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