Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Abril de 2007, B. 2209. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 2209. XLII.

RECURSO DE HECHO

B., J.A. y S.O.M. de B. s/ divorcio vincular.

Buenos Aires, 17 de abril de 2007 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por César G.

Correa D=A. en la causa B., J.A. y S.O.M. de B. s/ divorcio vincular@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que con arreglo a conocida jurisprudencia de esta Corte, corresponde desestimar, en lo sustancial, el planteo de inconstitucionalidad del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, formulado en el recurso extraordinario (conf. Fallos: 325:2432; y S.1774.XL ASchwartz, P.E. c/ Mitrocarga S.A. y otro@ fallada el 21 de marzo de 2006).

Que, por lo demás, el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 citado).

Por ello, se desestima el planteo de inconstitucionalidad y la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por el Dr. César G. Correa D=A. con el patro- cinio letrado de los Dres. M.P. y M.I.L.T. de origen: Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes

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