Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Marzo de 2007, B. 200. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 200. XLII.

ORIGINARIO

B., J.B. c/ Micro Ómnibus Norte S.A. y otro s/ daños y perjuicios.

Buenos Aires, 20 de marzo de 2007.

Autos y Vistos; Considerando:

Que el Tribunal comparte los argumentos y la conclusión del dictamen de la señora Procuradora Fiscal obrante a fs. 47/47 vta., a los que corresponde remitir a fin de evitar repeticiones innecesarias.

Por ello, se resuelve: Declarar que la presente causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

N. y comuníquese al señor Procurador General. E.I.H. de NOLASCO - CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Profesionales intervinientes: actora (J.B.B., D.. L.M.H.P. y H.A.M., letrados patrocinantes de la parte actora

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