Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Marzo de 2007, B. 1578. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1578. XLII.

B.S., S.A. c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ contrato obra pública.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2007.

Vistos los autos:

A.S., S.A. c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ contrato obra pública@.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios concedidos a fs.

1000 son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se los desestima. Con costas. N. y remítase. E.I.H. de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurso extraordinario interpuesto por S.A.B.S., actor en autos, representado por la Dra. L.V.M.; el Estado Nacional, demandado en autos representado por la Dra. A.M.A.B. en calidad de apoderada, con el patrocinio letrado del Dr. Román Makinistian Traslado contestado por S.A.B.S., actor en autos, representado por la Dra. L.V.M.; el Estado Nacional, demandado en autos repre- sentado por la Dra. A.M.A.B. en calidad de apoderada, con el patro- cinio letrado del Dr. Román Makinistian Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, S.V.

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