Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Febrero de 2007, M. 2119. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 2119. XLII.

RECURSO DE HECHO

M., R.O. s/ homicidio en grado de tentativa Ccausa N° 5714C.

Buenos Aires, 6 de febrero de 2007.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de R.O.M. en la causa M., R.O. s/ homicidio en grado de tentativa Ccausa N° 5714C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por el Dr. R.A.O., defensor del acusado R.O.M.T. de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara en lo Criminal N° 1 de la Provincia de Corrientes

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