Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Diciembre de 2006, G. 785. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 785. XLII.

RECURSO DE HECHO

González, J.C. c/ Glencore Cereales S.A.

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa G., J.C. c/ Glencore Cereales S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la presentación directa y se da por perdido el depósito.

N. y archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - JUAN C.M. -R.L.L..

Recurso de hecho interpuesto por la demandada, representada y patrocinada por los Dres. G.E.L.M. y L.M.L.M., quienes también se presentan por sus propios derechos Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Paraná Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Concepción del Uruguay

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