Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Julio de 2006, E. 467. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 467. XLI.

RECURSO DE HECHO

E., H.L. c/ Municipalidad de General A..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de julio de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa E., H.L. c/ Municipalidad de General Alvarado", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito.

N. y archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L..

Recurso de hecho interpuesto por S.Y., representado por el Dr. C.A.B., con el patrocinio del Dr. J.A.E.T. de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala Segunda de la Cámara de Apela- ciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Mar del Plata, y Juzgado en lo Civil y Comercial N° 9 de Mar del Plata

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