Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Octubre de 2005, B. 1644. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1644. XLI.

Banco de la Provincia de Buenos Aires c/ H., A.E. s/ cobro de sumas de dinero.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de octubre de 2005.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil remite las actuaciones a fin de que esta Corte resuelva el pedido de caducidad de la instancia articulado por el demandado en ocasión de contestar el traslado del recurso extraordinario que la entidad bancaria actora interpuepuso contra la sentencia dictada por el mencionado tribunal de alzada, sobre cuya admisibilidad no media aún pronunciamiento.

Que los planteos de caducidad deducidos después de interpuesto el remedio del art. 14 de la ley 48, pero antes de su otorgamiento o denegación por el tribunal recurrido, deben ser resueltos por éste en la medida en que no ha habilitado la instancia extraodinaria, sin perjuicio de las facultades de esta Corte respecto de lo que allí se decida, llegado el caso de que le correspondiera entender en el ejercicio de las prerrogativas que le son propias (Fallos: 310:1535; 323:2833; y causa E.509.XL.

"Editorial Kapeluz S.A. s/ quiebra", sentencia del 3 de marzo de 2005, entre otras).

Por ello, devuélvanse los autos al tribunal a quo a los efectos indicados precedentemente. N.. ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN C.M. -R.L.L..

Recurso extraordinario interpuesto por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Dr. M.A.R. y con el patrocinio de la Dra. Marcela L.

Abusamra Traslado contestado por A.E.H., representado por el Dr. Jorge A.

Bacqué Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala E Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil n° 40

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