Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Agosto de 2005, E. 49. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 49. XLI.

RECURSO DE HECHO

E.C.S.A. y su acumulado c/ El Cambacito S.A. y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 9 de agosto de 2005.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por J.R. en la causa Editora Correntina S.A. y su acumulado c/ El Cambacito S.A. y otros@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 70. N. y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de N. -R.L.L..

Recurso de queja interpuesto por el Dr. J.R., por su propio derecho, con el patrocinio letrado del Dr. R.C.R.T. de origen: Superior Tribunal de Justicia de Corrientes Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes, Juzgado Civil y Comercial n° 1 de Corrientes

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR